Miguel Fernández-Melero Enríquez, Jefe de la Asesoría Jurídica del COMCADIZ
Últimamente nos estamos encontrando con problemas que hasta ahora nunca se habían producido. Me refiero a expedientes disciplinarios incoados contra colegiados como consecuencia de que su forma de tratar a pacientes se ha considerado inadecuada.
Supongo que es casualidad, quizás sea que los tiempos están cambiando, o se está produciendo un cambio de cultura, o que se están usando expresiones diferentes en lenguaje coloquial, pero lo cierto es que determinadas supuestas conductas han ocasionado el disgusto de usuarias, que no han dudado en interponer la consiguiente queja, lo que ha dado origen a la incoación de expediente disciplinario y, en varias ocasiones, incluso, a diligencias penales.
Por eso, una vez más voy a repetir lo que desde esta tribuna he dicho hasta la saciedad. Cuando se trate de reconocer íntimamente a una paciente, o incluso cuando se trate de interrogar sobre algo que resulte presuntamente incómodo, delicado o embarazoso, es imprescindible que se haga a la presencia de otro miembro del personal sanitario, de forma que el colegiado pueda ver que, en caso de denuncia, su versión es corroborada por un testigo.
En este sentido es de recordar el contenido del Código de Ética y Deontología Médica, cuyo capítulo III se refiere a las relaciones del médico con sus pacientes, y específicamente el artículo 9.3, en el que se establece que “Médico y paciente tienen derecho a la presencia de un acompañante o colaborador cuando el carácter íntimo de la anamnesis o la exploración así lo requieran”.
Con esta medida, para la que se requiere muy poquito esfuerzo, se pueden evitar muchos problemas futuros.
Y la semana que viene, más.